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Obligaciones de la Personas Físicas con actividad Empresarial y Profesional

 

En el régimen fiscal de las personas físicas con actividad empresarial tributan, por ejemplo, talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, artesanos. Si perteneces a este régimen, estos son los trámites fiscales que debes realizar:

 

  • Inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

  • Mantenerte actualizado en tu situación fiscal en el RFC, para ello es necesario que informes a la autoridad de cualquier cambio.

  • Expedir comprobantes fiscales CFDI a tus clientes por la venta de tus bienes o servicios y solicitar dichos comprobantes a tus proveedores por los gastos o compras que hagas relacionados con tu actividad.

  • Desde el inicio de tus actividades debes llevar la contabilidad de los ingresos que obtienes y de los gastos, compras o inversiones indispensables para tu negocio.

  • Debes presentar declaraciones mensuales, anual, informativas y  Declaración Informativa Múltiple (DIM).

  • Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.

  • Efectuar la retención del ISR cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.

  • Si tienes trabajadores, deberás entregarles constancia de las percepciones que les pagues y las retenciones que les efectúes, a más tardar en el mes de febrero de cada año.

  • Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.

  • Calcular en la Declaración Anual del ISR, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).

  • Presentar Declaración Informativa de Operaciones con Terceros DIOT, proporcionando mensualmente al SAT información sobre las operaciones con tus proveedores.

  • Emitir recibos de nómina electrónicos CFDI a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, de lo contrario, no podrás deducir el gasto correspondiente.

 

Así que no dejes pasar el tiempo y no te hagas a creedor a multas, nosotros te ayudamos.

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