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Cinco Obligaciones que no debes dejar pasar como Persona Moral
Muchas son las obligaciones que hay que cumplir con las instituciones dependiendo del giro de nuestra empresa la cual acabamos de constituir bajo las leyes de nuestro país. Sin embargo para que en el ámbito fiscal no tengas sorpresas te damos 5 puntos que no se te deben olvidar para estar en paz con Hacienda:
1) DARTE DE ALTA EN EL RFC.
Una vez constituida la empresa ante el notario deberás darla de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) mediante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Actualmente puedes agendar tu cita o si te urge el trámite puedes acudir muy temprano (aproximadamente 7.00 hrs) a cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente en donde además de dar de alta la sociedad te tramitan conjuntamente la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) así como el Certificado de Sello Digital (CSD) para que puedas facturar.
2) LLEVAR CONTABILIDAD.
Debes contar con un sistema contable en el cual registres tus operaciones cotidianas y que pueda emitirte reportes de pólizas contables, estados financieros (estado de resultados y estado de posición financiera por lo menos), ahora deberá contar con la emisión de reportes en formato XML para enviar al SAT.
3) EMITIR COMPROBANTES CON REQUISITOS FISCALES.
Debes emitir tus facturas con los requisitos que establecen las leyes mexicanas. Para poder facturar debes contratar los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC) o bien utilizar la plataforma gratuita del SAT.
4) PRESENTAR DECLARACIONES MENSUALES Y ANUAL.
Debes enviar mensualmente a través de la plataforma del SAT tus declaraciones de acuerdo con las obligaciones fiscales que aparecen en tu alta de Hacienda, tu primer declaración será por el primer trimestre, las subsecuentes se presentarán el día 17 del mes siguiente al que corresponde dicha declaración. Asimismo debes enviar tu declaración anual a más tardar el 31 de Marzo del siguiente año.
5) CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES ANTE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL ESTADO.
Dependiendo del estado en el que se encuentra ubicada tu empresa y de acuerdo a su giro deberás cumplir con los impuestos locales y de acuerdo a las fechas que establece cada entidad federativa, como por ejemplo el impuesto sobre nóminas en caso de tener empleados, impuesto sobre hospedaje si el giro es hotelero, impuesto sobre rifas y sorteos, impuesto predial en caso de contar con un inmueble, derechos por suministro de agua, entre otros.
Ahora que estás más informado no olvides tener en cuenta estos puntos para evitar sanciones, multas e inclusive clausuras por parte de las autoridades.